Nuevas actualizaciones cada semana.
Luego de expedido el Decreto Ley 019 del 10 de enero de 2012, “ley Antitrámites”, las licencias de conducción tendrán una vigencia de 10 años y su validez irá disminuyendo según la edad de los ciudadanos.
Se debe renovar la licencia de conducción solo por el vencimiento de los plazos establecidos o por decisión voluntaria cuando se requiera que en el documento aparezca la fecha de vencimiento.
Sobre la sustitución de la licencia de conducción, se deberá realizar cuando el Ministerio de Transporte adopte la nueva ficha técnica de conformidad al artículo 244 de la Ley 1450 de 2011.
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