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Ante la situación sanitaria que se registra en el país por el aumento acelerado de casos y muertes, el Gobierno emitió el decreto 039 de 2021, extendiendo el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable, que irá hasta el 1.° de marzo de 2021.
¿Las fronteras terrestres siguen cerradas?
Sí. Los pasos terrestres y fluviales de frontera con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela seguirán cerrados hasta el 1.° de marzo de 2021.
Se exceptúan del cierre de frontera las siguientes actividades:
1. Emergencia humanitaria.
2. El transporte de carga y mercancía.
3. Caso fortuito o fuerza mayor.
4. La salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada
por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades
distritales y municipales competentes.
El decreto, además, advierte que el Ministerio del Interior, previo concepto favorable del Ministerio de Salud, y en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, podrá levantar el cierre de los pasos terrestres y fluviales de frontera de que trata este artículo.
¿Qué pasa si viola las medidas?
El decreto advierte que tendrá una sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal (entre 4 y 8 años de cárcel) y las multas previstas en el artículo 2.8.8.1.4.21 del decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue.
Además, los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto serán sujetos de las sanciones a que haya lugar.
Fuente: El tiempo.com
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