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El alto tribunal le pidíó a las autoridades modernizar las cámaras de las fotomultas.
Con una votación de ocho a uno, la Corte Constitucional dejó el firme el fallo que estableció que los propietarios de los vehículos no pueden ser solidariamente responsables de las infracciones que cometa la persona que esté manejando.
En otras palabras, no se le puede imponer una multa a la persona que no haya cometido personalmente la infracción de tránsito. El alto tribunal rechazó la petición de un ciudadano que buscaba anular la sentencia emitida en febrero pasado.
El fallo de la Corte determinó que las fotomultas no pueden endilgársele al dueño del carro si él no es quien va manejando.
En ese sentido, el fallo le hace un llamado a las autoridades para modernizar las cámaras de fotomultas con el fin de identificar las personas que van conduciendo y cometen la infracción.
fuente: RCN Radio.com
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